Fotos en lugares públicos y privados: ¿Puedo grabar, filmar o fotografiar?

Este es un pequeño estudio que pretende aclarar con bases legales chilenas, algunas dudas y malos entendidos que se producen al registrar imágenes y sonidos en distintos escenarios. Cualquier comentario o crítica bien fundada, será bienvenida.

LEGISLACIÓN:

CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LA REPÚBLICA DE CHILE:

Artículo 19.- La Constitución asegura a todas las personas:

1º.- El derecho a la vida y a la integridad física y psíquica de la persona.
Se prohíbe la aplicación de todo apremio ilegítimo (obligar a una persona, sin tener la autoridad, a hacer algo contra su voluntad);

4º.- El respeto y protección a la vida privada y a la honra de la persona y su familia;

5º.- La inviolabilidad del hogar y de toda forma de comunicación privada. El hogar sólo puede allanarse y las comunicaciones y documentos privados interceptarse, abrirse o registrarse en los casos y formas determinados por la ley;
 

CÓDIGO PENAL:

La Ley 19.423 llamada «Ley Otero» porque fue ideada en el año 1992 por el entonces senador Miguel Otero, del partido político «Renovación Nacional» modificó el C.P., quedando el Art.161, como sigue:

    Art. 161-A. Se castigará con la pena de reclusión
menor en cualquiera de sus grados y multa de 50 a 500
Unidades Tributarias Mensuales al que, en recintos
particulares o lugares que no sean de libre acceso al
público, sin autorización del afectado y por cualquier
medio, capte, intercepte, grabe o reproduzca
conversaciones o comunicaciones de carácter privado;
sustraiga, fotografie, fotocopie o reproduzca documentos
o instrumentos de carácter privado; o capte, grabe, filme
o fotografie imágenes o hechos de carácter privado que
se produzcan, realicen, ocurran o existan en recintos
particulares o lugares que no sean de libre acceso al
publico.
    Igual pena se aplicará a quien difunda las
conversaciones, comunicaciones, documentos,
instrumentos, imágenes y hechos a que se refiere el
inciso anterior.
    En caso de ser una misma la persona que los haya
obtenido y divulgado, se aplicarán a ésta las penas
de reclusión menor en su grado máximo y multa de 100 a
500 Unidades Tributarias Mensuales.
    Esta disposición no es aplicable a aquellas personas
que, en virtud de ley o de autorización judicial, estén
o sean autorizadas para ejecutar las acciones descritas.

Se desprende de este artículo que por mucho que un recinto tenga dueño y que en estricto rigor todo lugar lo tiene; si es de libre acceso público, se puede fotografiar, grabar y filmar al interior de este, sin restricciones, salvo las que determinen otras leyes y que generalmente se refieren a los atentados contra la dignidad de las personas, el uso comercial de las imágenes o grabaciones, el chantaje y la pornografía.

Pero… ¿Qué hacer si una persona persigue insistentemente a otra para fotografiarla, filmarla o grabarla?

Algunos abogados sostienen que se debe actuar en base a la supuesta «lesión moral o psicológica» que dicha actitud ocasionaría, es decir, en teoría sería una agresión. En lo personal y pensando en lo estrictamente legal, no concuerdo; pues aunque sea impertinente y molesto, si se pudiera detener a las personas que hostigan de dicha forma, no existirían los paparazzis o la mayoría estaría preso.

Hay que aclarar que efectivamente, existe legislación especial para los casos de hostigamiento y acoso en el ámbito laboral (Ley N°20.005) y escolar (DFL N°2 Mineduc año 2010).

(Tienes un sitio web, canal de youtube y necesitas tráfico… Accede aquí a HitLeap, me ayudas y yo te ayudo. Es GRATIS)

CONTINUARÁ… (Próximamente inserto Ley de Prensa 19.733, Ley sobre protección de la Vida Privada 19.628)

Fuente: http://www.bcn.cl


35 comentarios (+¿añadir los tuyos?)

  1. César de los RABOS
    Abr 05, 2015 @ 16:49:07

    <<>>

    Si no le dicen nada a la policía mientras se les toma fotos o filma, por qué ir a un proceso legal.

    Responder

    • waxfalcon
      Abr 05, 2015 @ 16:56:23

      Por eso digo, si estás en un lugar de libre acceso al público y haces una toma general de lo que ocurre, sin perturbar la privacidad ni la moralidad de nadie, no estarías cometiendo ninguna falta y menos delito.

      Responder

      • César de los RABOS
        Abr 05, 2015 @ 17:14:08

        El problema es que si una «mujer bonita» captada en la calle, descubre que hay imágenes/video de ella circulando y gente próxima a ella le informa, ahí ¡sí sería un problemón!

        Pero si muchos casos de videos íntimos (sexuales) no se han podido penalizar ¿Debería alguien preocuparse por un filme en la calle de una fémina frondosa?

      • waxfalcon
        Abr 05, 2015 @ 17:43:49

        No veo el problema amigo. Que le informen, que denuncie si quiere, pero denunciar que? Al final se va a quedar con el gasto de tiempo y dinero. Incluso los chascarros donde justo se han visto por casualidad expuestas partes íntimas femeninas, como viento levantando faldas, ahí están, los han expuesto públicamente incluso y no han habido problemas legales que yo sepan y menos que hayan fallado a favor de la persona ofendida.

  2. Fernando
    May 07, 2015 @ 01:55:46

    buena info

    Responder

  3. JP
    Sep 24, 2015 @ 11:25:13

    Si grabo dentro de una comisaría (La guardia, lugar abierto a publico), que sucedería?? Se tiene q tener el consentimiento de las personas? O pedir autorización?
    Ya q si bien es un lugar abierto a publico, es un sitio de reguardo de actividades privacidas
    Que me dices de ello ??

    Responder

    • waxfalcon
      Sep 24, 2015 @ 11:37:16

      Los recintos militares y policiales están normados por otra ley especial y efectivamente debes pedir autorización para realizar filmaciones en su interior.

      Responder

      • César de los Rabos
        Sep 24, 2015 @ 14:24:51

        Algunas personas hablan de cometer un delito por «violación de secretos y del secreto natural»; es decir, nadie tiene porque saber cuál puede ser el itinerario de tu vida el día a día, o que por ejemplo, siempre pasas a las 5 pm por la avenida central.

      • waxfalcon
        Sep 24, 2015 @ 15:02:53

        Tienes toda la razón. Además hay cámaras por todos lados, en la vía pública, en supermercados, en los pórticos de las autopistas, etcétera. Bajo esa premisa todas estarían violando ese principio. En Chile al menos, no existe legislación para prohibir la captación de sonido y/o imágenes en áreas públicas, sin embargo en otros países he leído sobre el espionaje donde incluso se habla del derecho que las policías tendrían para fotografiarte a ti o a tu vehículo.
        Es un asunto delicado e intrincado, donde nosotros como ciudadanos llevamos siempre las de perder.

  4. waxfalcon
    Sep 24, 2015 @ 15:22:50

    También al irse a leyes extranjeras, existe prohibición incluso de exhibir imágenes donde una persona sea identificable, lo mismo con vehículos o fachadas de edificios o viviendas. En otros lugares del planeta son mucho más estrictos que en Chile.
    Debido a la facilidad con que hoy en día se tiene acceso a una cámara, ya que ellas vienen en diversos formatos, las que pones en el parabrisas de tu vehículo, sobre tu casco de motorista o simplemente la que tiene tu celular; urge que se dicte una ley única al respecto, pues en Chile actualmente, lo referente a grabaciones está disperso en varias normas que parecieran redactadas a medida. Lo mismo pasa en otras materias, como transporte, donde existen leyes, decretos y reglamentos dispersos e incluso, varios pronunciamientos de Contraloría.

    Responder

    • César de los Rabos
      Sep 24, 2015 @ 23:50:02

      Creo que todo depende de qué tanto se ensañen con algún tipo de material, autor o en el peor de los casos cuánto daño causó a una persona la publicación de un material.
      Si pensamos en las televisoras que sin autorización graban en lugares públicos y presentan caras a diestra y siniestra, hasta infantes -lo que no es lícito supuestamente-…

      Responder

  5. Ana maria
    Jun 19, 2016 @ 23:58:44

    Que pasa en una tienda y una persona se pone a grabar aun cuando personal de la tienda le solicita q no lo haga

    Responder

    • waxfalcon
      Jun 20, 2016 @ 19:38:54

      Hasta donde se, es un recinto de libre acceso público y por tanto puedes hacer registro de todo lo que hay ahí.
      A mí me pasó algo así hace un tiempo. El guardia dijo que llamaría al jefe de seguridad. Yo le dije: mejor llame a carabineros y si no me deja tranquilo los voy a llamar yo; y continué grabando.

      Responder

  6. Dante
    Ago 10, 2016 @ 13:48:57

    Creo que mal interpretaste la ley. Podemos pensar que existen cuatro tipos diferentes de lugares:
    -Privados, de libre acceso (tiendas)
    -Privados, de no libre acceso(Casas)
    -Pubicos, de libre acceso (calles abiertas)
    -Publicos, de no libre acceso (recintos militares)

    La ley dice «recintos particulares o lugares que no sean de libre acceso al
    público»
    Eso deja afuera tTODOS los recintos privados (incluye tiendas, centros comerciales, etc) y además los publicos de no libre acceso. Solo permitiendo fotrografias en Publicos de libre acceso.

    Saludos

    Responder

  7. David Calderón
    May 09, 2018 @ 13:24:46

    Estimados tengo una consulta, necesito hacer fotografías de diferentes paisajes urbanos en los cuales aparecen distintas edificaciones, desde edificios reconocibles hasta fachadas, siempre pensando en exhibir el exterior de los lugares, es decir lo que queda expuesto hacia el paisaje urbano, luego estas imágenes serán ocupadas para publicidad de una empresa X, hay alguna ley que prohiba el uso de esas imágenes considerando que son parte de la escena y vista pública?

    Espero me puedan ayudar con datos comprobables, muchas gracias!

    David Calderón

    Responder

    • waxfalcon
      May 09, 2018 @ 14:00:36

      En la legislación chilena hay ciertos edificios que tienen restricciones, tales como cuarteles y edificaciones militares. Le aconsejo revisar en la biblioteca del congreso online. De otra forma como toma general, no habría problema. Pero si es un edificio en particular, aconsejaría pedir permiso a los dueños independientemente, puesto que hay publicidad de por medio.
      Otros países tienen sus propias restricciones, en especial cuando las imágenes serán utilizadas para publicidad o para ser vendidas, sin importar si forman parte del paisaje urbano.

      Responder

  8. Eduardo
    Jul 16, 2018 @ 22:42:33

    Amigo, tengo una duda! lo que pasa que hoy estaba en el hospital en el lugar en donde están los típicos asientos para esperar el turno de la sala de urgencia y cosas así, el tema es que yo le saque una foto al cartel en la pared que decía los horarios de visitas para pacientes hospitalizados y llega un guardia a decirme que está prohibido y me mostró el Art. 161-A mencionado más arriba de esta web, dicho articulo estaba pegado en un cartel al igual que el antes mencionado pero en la entrada, pero yo le discutí que ese lugar del hospital es público ya que es de libre acceso y que no estaba fotografiando a una persona y que tampoco lo estaba haciendo dentro de una sala de urgencia o cosas así. Quería saber si estoy en lo correcto, si es que el hospital (público) es considerado privado ya que está cerrado por paredes y cubierto por un techo, pero es de libre acceso.

    Responder

    • waxfalcon
      Ago 19, 2018 @ 17:44:29

      Estás en lo correcto. Incluso podrías grabar a una persona con su consentimiento expreso. Si estuviera prohibido, no podrían salir fotografías en los diarios o noticias, tampoco podrían grabar los nacimientos.

      Responder

  9. norma
    Sep 07, 2018 @ 18:46:58

    tengo una duda que pasa con las camaras de seguridad de las casas que enfocan tu casa tu patio

    Responder

    • waxfalcon
      Sep 07, 2018 @ 18:54:08

      Si son tus propias cámaras de seguridad no pasa nada obvio.
      Si son cámaras de seguridad externas apuntando a tu patio, claramente es una invasión a la privacidad de quienes viven allí. Si no has dado tu consentimiento puedes pedir que apunten a otro lado o iniciar acciones legales.

      Responder

  10. cristina
    Dic 29, 2018 @ 22:07:32

    Hola! tengo una duda, pero primero explicare lo que quiero hacer, resulta que soy estudiante de arte de la Universidad de Chile y para un examen mis compañeras y yo decidimos fotografiar locales de una calle y sus respectivas vitrinas, un día un vendedor de una tienda se acerco a nosotras y nos pregunto que hacíamos y que si íbamos y sacábamos fotos sin permiso el jefe del local perfectamente podía llamar a los carabineros. Nosotras les explicamos que era para un examen y ahí se calmo.
    Mi duda es si eso es cierto, por que leí el articulo anterior, entonces el es quien está equivocado? por que fotografiamos locales que están en la vía publica y son locales se acceso libre al publico.
    Espero que me ayuden por que no quiero que nos pase algo o pasar malos ratos sin información previa, igual estoy leyendo para informarme en el tema
    Gracias!

    Responder

    • Eduardo Suarez Flores
      Dic 29, 2018 @ 23:19:31

      Hola Cristina. Hasta donde se, esto de prohibir fotografiar fachadas está en legislaciones de otros países y no aplica a Chile. Si encuentras algo distinto me avisas ya que estoy un poco desactualizado. Gracias.

      Responder

  11. Ivonne Andaur Torres
    Abr 07, 2019 @ 06:30:05

    Mira, mi pregunta esta relacionada a un tema que me toco vivir personalmente.
    Soy una mujer que vende sin permiso en la calle, en el Bio Bio. Y si bien es cierto que estoy cometiendo una falta, no estoy delinquiendo. Al grano, quiero saber , si cuando vienen los inspectores municipales, y carabineros a echarnos y quitar nuestras cosas, puedo ser forografiada como si fuera una delincuente, sin mi autorizacion.

    Responder

    • Eduardo Suarez Flores
      Abr 07, 2019 @ 08:22:01

      Hola Ivonne.
      Para tu pregunta hay que tomar en cuenta el contexto en el que se filma o toman fotografías. Tu estás en la via pública y quienes registran los hechos son autoridades que, dadas las circunstancias de derecho, buscan probar que se actuó apegado a éste, sobretodo en el caso que el afectado asegure no haber estado ejerciendo el comercio ilegal.
      Básicamente no se puede registrar el ámbito privado de la persona, es decir, dentro de la intimidad de su domicilio, utilizando el baño, etcétera.

      Responder

  12. Jeanpierre ibañez
    Jun 19, 2019 @ 02:57:18

    Gracias po educar y e señar.

    Responder

  13. Claudia Cepeda
    Jul 21, 2019 @ 19:25:35

    Buenas tardes, pero qué hacer en caso de que las personas públicas, psicólogos, médicos etc, estén intentando perjudicarte cuando la realidad es una y ellos informan a Tribunales otra, no hay ley que ampare a la persona perjudicada?. Atte. Claudia C. Tengo entendido que en España, u otros países la ley protege este tipo de cosas siempre y cuando el afectado esté involucrado dentro de la conversación, y es de toda lógica que está en su pleno DERECHO de defenderse.

    Responder

  14. Claudia
    Jul 21, 2019 @ 19:32:22

    Disculpa, tengo entendido que en España y en otros países desarrollados las personas pueden hacer grabaciones siempre y cuando están involucradas ellas dentro de la conversación, y esto no es un delito se entiende que no es un delito porque están en todo su derecho a defenderse cuando algún psicólogo o médico puede hacer un informe de una realidad que no ha sido tal, y sin embargo la persona que se quiere defender, tiene que tener alguna manera de cómo defenderse, y el derecho a defenderse.

    Responder

  15. Natalia
    Jul 31, 2019 @ 10:46:17

    Se puede hacer fotos de una casa en una parcela privada sin consentimiento de los dueños del terreno aunque esas personas estén dentro?

    Responder

  16. Miguel
    Ago 30, 2019 @ 18:00:02

    Hola! Muchas gracias por el post.
    Una consulta: ¿podría hacer grabaciones de un hospital, incluyendo pasillos y salas de espera? En caso de poder ¿debo tener la autorización de cada persona que sea filmada? Es para un proyecto documental. Muchas gracias.

    Responder

  17. Cristian Kutz
    Ene 14, 2020 @ 14:17:25

    Un Conserge puede sacar fotos de mi hijo en la piscina?

    Responder

  18. chadrac jean-baptiste
    Nov 16, 2020 @ 10:53:48

    hola soy un joven estudiante en la universidad de las américas , de nacionalidad haitiana , Hace tiempo que quería hacer algunas vídeos de micrófono en las calles ,haciendo preguntas a mis compatriotas en las calles sobre su modo de vida ,y que piensa de Chile, necesito saber si esta prohibido de grabar en las calles publicas ? ya que no quiero meterme en problema con las leyes del país . gracias por ofrecerme la oportunidad de hacer la preguntas

    Responder

    • Eduardo Suarez Flores
      Nov 16, 2020 @ 11:10:16

      No debería ser problema, a menos que se centre en una persona sin el permiso de ésta. No estoy actualizado en el tema, ya que renuncié al servicio público hace unos años. Lo siento.
      Suerte con sus estudios.

      Responder

  19. Benjamín
    Nov 13, 2023 @ 08:05:20

    Trabajo en un edificio corporativo, que tiene un área de jardines con acceso libre al público (no tiene reja) el administrador tiene dicho que no se puede tomar fotografías con cámaras profesionales en las inmediaciones del edificio, no así el usa de celulares.
    ¿Es legar prohibir tomar fotografías con cámaras profesionales dentro del área de una instalación de libre acceso al público?
    El edificio lucra con su imagen, eso es lo que usa como escuza para poner esa condición

    Responder

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